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Pivotes propone

Limitar plazos de suspensión y eliminar silencio administrativo en Ley Lafkenche

Por: El Mercurio

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Espacios Costeros Marítimos de Pueblos Originarios ECMPO

Afirman que la legislación genera una “paralización de importantes proyectos de inversión” en el borde costero.

En medio del debate parlamentario por la modificación a la Ley Lafkenche (20.249) que se realiza en el Senado, luego de los últimos rechazos a diferentes solicitudes de Espacios Costeros Marinos Pueblos Originarios (ECMPO) en el sur, la fundación Pivotes elaboró un informe sobre el impacto de esta normativa.

El reporte indica que la legislación genera un efecto económico desde que se ingresa una solicitud de ECMPO, debido a que la ley “establece la suspensión de la tramitación de solicitudes de afectación para otros fines, tales como concesiones de acuicultura, marítimas y áreas de manejo, que se sobrepongan al espacio solicitado”. “Aunque por ley el otorgamiento de un ECMPO no debería exceder un año de tramitación, los espacios ya decretados promediaron casi seis años, con la consecuente paralización de importantes proyectos de inversión que necesitan del borde costero”, afirma Joaquín Sierpe, analista de políticas públicas de Pivotes.

En este sentido, proponen una serie de modificaciones. Piden “postergar el inicio de la suspensión de solicitudes de afectación para otros fines una vez verificado el uso consuetudinario por parte de Conadi”, en lugar de que ocurra cuando es admitida a trámite. “Esto incentiva el uso de las solicitudes de ECMPO para fines distintos de la protección del uso consuetudinario por parte de pueblos originarios”, afirman.
Agregan que se debe limitar el plazo máximo, por un período de un año, en que las solicitudes de afectación para otros fines en el espacio solicitado como ECMPO pueden estar suspendidas.

También señalan que es conveniente eliminar “el silencio administrativo positivo” en la ley. La Comisión Regional de Uso de Borde Costero (CRUBC) debe pronunciarse “favorable, desfavorable o aprobatorio con modificaciones” al informe de uso consuetudinario. Si no se obtiene un pronunciamiento por parte de dicho organismo, “aplica un silencio administrativo favorable para la solicitud de ECMPO” que permite continuar con su tramitación. Al eliminarse esta medida, “se equipararían las condiciones entre las solicitudes de afectación para otros fines que se encuentren suspendidas y la tramitación de solicitudes de ECMPO en una instancia de suma relevancia, ya que posterior a este punto no existe posibilidad de denegar el otorgamiento del espacio”, indica el informe.

El pasado 19 de junio, Marcos Emilfork, coordinador jurídico de la ONG Fima, recalcó que el efecto suspensivo que se busca modificar en la moción parlamentaria “es en todo caso transitorio y provisorio, y en ningún caso permanente”.

Asegura que el problema con los tiempos de suspensión es un tema más de gestión que la propia legislación. “Si queremos, en el fondo, tener certeza sobre qué espacio en particular corresponde a los usos consuetudinarios o cuáles no, en el fondo estamos mirando al informe que prepara la Conadi. Si la Conadi está constatando estos usos por un año, dos años o tres años, al final no tenemos certeza sobre cuánto va a durar esa suspensión, pero eso no es un problema de la ley, es un problema de la gestión del procedimiento de esta ley”.

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